Otra de «transformación digital» en la banca

No he podido resistirme a publicar esto, después de lo escrito hace unos días sobre el fax y la transformación digital, ya que al final va a resultar que el fax es tecnología punta. Os cuento:

  • Una entidad bancaria (distinta a la del fax) me pasa el cargo de un seguro en agosto, que previamente había anulado en febrero, cumpliendo los plazos establecidos.
  • El caso es que les reenvío el mail donde iba mi escrito de cancelación y me dijen que «el aviso de anulación y el giro del mismo se debieron cruzar»… ¿¿¿6 meses y se cruzan???.
  • Procedo a la devolución del recibo, transacción en la que pierdo 0,25 €, por cierto y… a los pocos días… sí, eso mismo: me vuelven a realizar el cargo.
  • Evidentemente, vuelvo a reclamar, y me dicen que «con carácter excepcional nos han autorizado la anulación del seguro»… no hay nada excepcional en ello, así queda reflejado en las condiciones.
  • Y añaden: «Necesitamos que con carácter urgente para proceder a anularlo definitivamente me haga llegar esta solicitud de anulación firmada, necesitamos el original».sobre-corresp-int
  • Abro el pdf adjunto que me envían con el formulario, lo firmo y se lo devuelvo firmado por mail y… «Necesitamos el original, sin él no podemos cerrar la gestión. ¿Cómo nos lo hará llegar?».
  • Les contesto que por correo ordinario, sin entender muy bien qué diferencia hay entre que impriman ellos el pdf firmado que les he enviado o que lo haga yo y lo meta en un sobre, pero no terminan ahí las sorpresas…
  • Su respuesta: «Nos lo puedes hacer llegar o por valija interna o por mensajería, ya que la sucursal no dispone de buzón físico».

Ante esto, no tengo respuesta. Me pasaré un día por la sucursal, cancelaré el seguro y todo el resto de productos que tengo con la entidad.

Os dejo, me voy a comprar sobres, sellos y un fax  😉

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