¿El IVA va o viene?

Decíamos ayer… (aviso, la gripe viene fuerte este año).iva

En el pasado debate sobre el Estado de la Nación, el amigo Rajoy anunció que las pymes y autónomos, que facturen menos de 2 millones de euros al año, tendrán la posibilidad de pagar el IVA cuando se cobre la factura, en lugar de cuando se emita, entre otras cosas.

A raíz de esto, han surgido varias cuestiones al respecto, aparte de la principal: ¿por qué me lo tengo que creer ahora si es algo que iba en el programa electoral del 2011 y no se ha hecho realidad?

Bueno, dejemos eso de lado, todos ponemos tener un «pequeño olvido». Vayamos a ejemplos prácticos…

  • Imaginemos que soy una cadena de gran consumo, que trabajo con multitud de pymes, unas que se pueden acoger a esa medida y otras no. Tendré que identificarlo de alguna forma y, muy probablemente, adaptar mis programas de gestión, lo cuál es posible que me lleve un coste… o comunicar a mis proveedores que si quieren seguir trabajando con nosotros, mejor que sigamos como hasta ahora…
  • ¿Qué mecanismo va a seguir Hacienda para saber cuándo he cobrado la factura? Me huele a más control por la Agencia Tributaria… no sé si me compensa tenerlos «pegados al cogote».
  • ¿Y qué pasa con las facturas que yo tengo que pagar? Pues eso, que hasta que no las pague, no me podré deducir el IVA. Es decir, lo que gano por un lado, lo pierdo por otro… Bueno, está claro que tengo que facturar más de lo que pago, pero no siempre es así… vamos, que al final perjudica al buen pagador / mal cobrador.

Sinceramente, el verdadero problema de todo esto creo que está en los eternos plazos de pago, que machacan la tesorería de muchas empresas.

Si realmente, el no cumplimiento de la fecha de pago llevará un recargo establecido por ley, creo que iríamos mejor… Sí, ahora se supone que lo hay, pero nadie se atreve a pedírselo al cliente, no sea que se enfade… Quizás, si fuera una tasa que pidiera Hacienda, como cuando ingresamos el IVA fuera de plazo, etc… iríamos mejor.

(Y, evidentemente, lo primero que tiene que pasar es que las Administraciones Públicas salden todas sus deudas… Vale, ahora he sido un poco mezcla de Angela Merkel y Peter Pan)

Esto me recuerda a una vez que colaboré para una consultora de «las grandes», con los que podías firmar condiciones de pago a 30, 60 ó 90 días, con descuentos del 10%, el 5% o 0%, respectivamente. Yo opté por 90 días, ya que no tenía prisa por cobrar, pero… pasado más de 1 año no había cobrado ninguna factura… que si el jefe de proyecto, que si administración, que si la suegra del conserje, que si la madre que le matriculó…

El problema se resolvió enviando un mail al Director de Compras, comentándole que en el próximo acuerdo que firmáramos, quería que me pusiera una cláusula que dijera: «pagaremos cuando estimemos conveniente, independientemente de la opción elegida por el proveedor»… A los 2 días, empecé a cobrar. Lo de la cláusula, no sé si lo cumplirá… no he vuelto a trabajar con ellos 😉

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